Arbitraje

El arbitraje es un mecanismo alternativo de solución de conflictos ofrecido por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición PAZ TOTAL, que permite a las partes resolver sus controversias de manera ágil y especializada fuera del sistema judicial ordinario. A través del arbitraje, se defiere a árbitros seleccionados por las partes la solución de disputas relativas a asuntos de libre disposición o aquellos autorizados por la ley.

Paz total arbitraje

Este proceso se destaca por la oportunidad y la diligencia con la que se manejan los casos, proporcionando a las partes involucradas una resolución rápida y eficiente de sus conflictos. La idoneidad es otra característica primordial del arbitraje, ya que los árbitros seleccionados son expertos en sus respectivos campos y están capacitados para tratar las materias en disputa con un nivel de conocimiento y comprensión que rara vez se encuentra en el sistema de justicia ordinario.

La flexibilidad del arbitraje también es un gran beneficio, ya que las partes tienen la libertad de definir las normas procesales y elegir a los árbitros, lo que permite adaptar el proceso a las necesidades específicas del caso. Además, la validez legal del laudo arbitral es igual a la de una sentencia judicial, proporcionando certeza y seguridad jurídica. Por lo tanto, el arbitraje se presenta como una opción estratégica y ventajosa para la resolución de disputas, especialmente para las partes que buscan una solución efectiva y adaptada a sus necesidades específicas.

Documentos y Normativas

Para el servicio de Arbitraje en el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición PAZ TOTAL, los siguientes documentos y normas son aplicables

Ámbito de Aplicación y Pacto Arbitral

  • El arbitraje se aplicará según lo considerado por las partes en el pacto arbitral, que debe hacer referencia al reglamento del centro o seguir el que las partes hayan acordado.
  • El procedimiento se aplica a controversias entre particulares, y en caso de involucrar al Estado, se seguirá el Estatuto Arbitral o Ley 1563 de 2012.

Principios del Procedimiento

  • El arbitraje debe respetar los principios constitucionales que integran el debido proceso, el derecho de defensa, la igualdad de las partes y los establecidos en la Ley 1563 de 2012.

Inicio del Proceso Arbitral

• Se inicia con la presentación de una demanda que cumpla con los requisitos del Código General del Proceso y esté acompañada del pacto arbitral.
• La demanda debe dirigirse específicamente al Centro de Arbitraje o haber sido remitida al centro por el Ministerio de Justicia y del Derecho tras resolver un conflicto de competencias.

Poderes Especiales

  • Los poderes especiales para cualquier actuación en el trámite arbitral pueden conferirse mediante mensaje de datos sin necesidad de firma manuscrita o digital. Estos poderes se presumirán auténticos y no requerirán reconocimiento personal.

Estos documentos y normativas establecen el marco legal y procedimental bajo el cual se lleva a cabo el servicio de arbitraje en el centro, asegurando la formalidad y la validez del proceso arbitral.

Tarifas

Las tarifas para el servicio de Arbitraje en el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición PAZ TOTAL se estructuran de la siguiente manera

Honorarios de los árbitros:

  • Los centros de Arbitraje tienen en cuenta topes máximos para la fijación de honorarios de cada árbitro, basados en la cuantía del proceso, medidos en Unidades de Valor Tributario (UVT).
  • Para procesos con distintas cuantías, se aplican porcentajes específicos de la cuantía o un valor fijo en UVT.

Valores a cancelar con la convocatoria al Tribunal de Arbitraje:

  • Para un trámite de menor cuantía, se deben cancelar 2502 UVT.
  • En el caso de un trámite de mayor cuantía o cuantía indeterminada, se deben cancelar 5005 UVT.
  • Estos valores se imputarán a los gastos administrativos que decrete el tribunal arbitral. Además, se estipula que los honorarios del secretario serán la mitad de los de un árbitro y que los honorarios de cada árbitro no podrán superar los 25.022,75 UVT, independientemente de la cuantía del proceso.